Froy destacó el accionar de la inspectora. “Se la jugó: entró disfrazada a comprar y gracias a eso se hizo la intervención”, indicó. Pero remarcó que le preguntó a Dell Ollio porque no se hizo el secuestro de la mercadería. “Eso es lo que manda la ordenanza: secuestro y destrucción de todos los elementos”, sostuvo. “Le estoy preguntando a ver si se hizo o no. Y, si no se hizo, porque no se hizo”, mencionó.
En efecto, el artículo 1º de la ordenanza N° 35.936 del año 2016, establece la prohibición en todo el territorio de la ciudad de Concordia de “la tenencia, detonación, comercialización, transportes, almacenamiento, fabricación, venta minorista, mayorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería”.
El artículo 14° establece que, “en caso de infracción a la presente normativa y conforme las características del lugar, la autoridad de aplicación prevista en el artículo 6º de la presente podrá disponer el secuestro de los dispositivos en infracción como así también la clausura provisional del local, comercio, deposito o sus anexos por un término de hasta diez (10) días, en los casos en que las acciones típicas previstas en el artículo 1º tengan finalidad comercial”.
La inquietud de Froy es que, a poco de la clausura, comenzó la venta de pirotecnia pasando la entrada al Campo del Abasto, donde termina el ejido de Concordia y comienza el de Colonia Roca. “Se ponen a vender ahí porque no los alcanza la ordenanza”, dijo. Froy sostuvo que le hizo saber de esa situación al Jefe de Policía de Concordia. Y explicó que es consciente de que la ordenanza no tiene alcance pero hay una ley provincial que impide la venta en cualquier lugar., “Y menos en la vía publica y por vendedores ambulantes prácticamente. Tiene que ser en un lugar autorizado para la venta de pirotecnia: incluso la mercadería debe trasladarse en vehículos especializados”, dijo. Tampoco tuvo respuesta.
El Articulo 1° de la ley N° 10.868 de la provincia, sancionada en 2020, establece la prohibición en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos de “la manipulación, uso, fabricación, detonación, comercialización y expendio mayorista o minorista cualquiera sea su modalidad, a título gratuito u oneroso, de todo elemento de pirotecnia que no haya sido calificado como de ‘venta libre’, que no se encuentren dentro de la clasificación A 11 y B 3, conforme a la Ley N°20.429 y cuyos efectos sean de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su naturaleza y características. la prohibición se extiende a globos aerostáticos de pirotecnia; así como el encendido y liberación de los mismos al ambiente desde recintos abiertos o cerrados, públicos o privados”. La clase A-11 son artificios pirotécnicos de bajo riesgo y la clase B-3 son artificios pirotécnicos de riesgo limitado.
Ricardo Fort
Son todos culpables…el municipio por no decomisar…la policía por ignorancia de las leyes…y en ultima instancia…también las autoridades de Colonia Roca…por no saber lo que ocurre en su ejido…