La CARU constituyó hace más de diez años el Departamento de Navegación, que tenía como una de sus funciones hacer los estudios hidrosedimentológicos para poder establecer cuánto sedimento transporta el río. Este departamento nunca realizó dichos estudios y, lamentablemente, con el dragado actual de mantenimiento, la empresa Jan de Nul (multinacional encargada de las obras de dragado y mantenimiento del río Uruguay) cobra por lo que “dice dragar”, en ausencia de un marco de sustentación o referencias de datos reales obtenidos por medio de la ciencia.
La CARU y el Departamento de Navegación no controlan (o no quieren controlar) los volúmenes de sedimentos que se remueven. El sitio web de Río Negro RUO da cuenta de que el costo mensual de mantenimiento de la vía navegable, desde el km 0 hasta el puerto de Paysandú Km 207,8, tiene un costo de U$S 348,163, más U$S 3,05 por m³ adicional. Sin tener en cuenta los trabajos adicionales, la empresa Jan de Nul cobra 4.177.956 de dólares por año desde el año 2022, hasta terminar su contrato en el año 2026. Uno de los dragados más caros del mundo para que del único puerto de nuestra provincia reciba un barco por mes que transporta troncos de madera de las provincias de Corrientes y Misiones. En más de cuatro años de tener la profundidad a 23 pies es todo lo que se pudo lograr.
¿Se puede justificar la inversión para lograr los 34 pies con esa operatoria?
Ninguna embarcación, fuere cual fuere su procedencia, abona un canon por el uso del río. Ahora bien, UPM (ex Botnia) es la empresa que más utiliza el tramo inferior del río Uruguay, seguida por Montes del Plata que transporta chips de eucaliptus desde el puerto de M´Bopicuá, ROU.
Si bien por acuerdos diplomáticos preexistentes, la Comisión recibe aportes económicos de las Partes, los mayores aportes provienen del cobro de peaje en los puentes internacionales. De esa forma, la CARU, además de destinar parte de lo recaudado a sueldos, invierte en las campañas científicas que permiten desarrollar las funciones indicadas en el art. 56 del Estatuto del Río Uruguay.
En síntesis, los Estados y los usuarios de los puentes internacionales administrados por la CARU, se estarían constituyendo en financistas indirectos de la empresa de pasta de celulosa instaladas en el río Uruguay y el Río de La Plata margen izquierda.
Duda que, en principio, se podría despejar el día que el organismo internacional recupere el principio de transparencia administrativa, publicando su presupuesto anual, como lo hizo por última vez en el año 2015.
Siguiendo con el dragado “insustentable” propuesto y declamado por los dirigentes políticos antes mencionados, parece no importarles que, por ejemplo, el puerto de Concepción del Uruguay está fundado a 7 metros de profundidad sobre rocas (zona de rechazo de los pilotes), con un calado de 7,62 metros. No es difícil adivinar lo que ocurriría con profundidades de más de 10 metros y los buques que amarren. Además, ningún puerto del río Uruguay cuenta con plantas de tratamiento de efluentes, por lo que las aguas de sentina y otros desechos son directamente arrojadas al río en forma cruda.
Tampoco les importa (o ignoran los datos) sobre la fundación del puente Libertador General San Martín y sus inadecuadas defensas sobre potenciales colisiones de buques que puedan ocurrir, que representarían pérdidas de millones de dólares a cuenta de los estados parte.
Por cierto, la incertidumbre o el ocultamiento de datos también nos permite dudar sobre la aparición de nuevos pasos críticos (tramos del lecho del río que se presentan como obstáculos a la navegación) relevados en estudios anteriores, fundamentalmente aguas arriba del puente Libertador General San Martín.
La aparición de fondos duros podría obligar a la utilización de dragas de corte con el objetivo de derrocar el lecho, con el consiguiente aumento de la remoción y suspensión de sustancias contaminantes en las aguas. Toda la materia disuelta y suspendida será captada por las tomas de agua para potabilización, llegando “del río a la mesa” de argentinos y uruguayos.
Las obras, a su vez, representan un impacto sobre las zonas de recreación, así como en la diversidad biológica del medio, fundamentalmente en las poblaciones de peces. La CARU ha realizado estudios respecto a la bioacumulación de contaminantes en poblaciones de peces, entre los que se destaca la detección de PCBs y otras sustancias en los músculos de los ejemplares analizados. Además, el reaporte de materia orgánica del lecho se traduce en un aumento de las floraciones algales.
Tampoco se tienen en cuenta las proyecciones sobre el cambio climático, los estiajes o los caudales mínimos del río (menor a 400 metros cúbicos por segundo).
El medio periodístico Global Ports, el 22 de julio de 2024, da cuenta sobre una reunión entre los presidentes Milei y Lacalle Pou, en la que este último planteara la necesidad de dragado a 34 pies en el río Uruguay. En ese sentido, en la misma nota periodística y en boca del intendente Lafluf, se plantea: “la posibilidad de que Uruguay realice el dragado del río Uruguay entre Nueva Palmira y Fray Bentos con fondos propios, ya que Argentina ha comunicado que no realizará obras públicas por el momento”.
Interpreto que, al aceptar la propuesta de la ROU, se debe aplicar el mecanismo de información y consulta fijados en el Estatuto del Río Uruguay, art. 7:
“La Parte que proyecte la construcción de nuevos canales, la modificación o alteración significativa de los ya existentes o la realización de cualesquiera otras obras de entidad suficiente para afectar la navegación, el régimen del río y la calidad de sus aguas, deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará sumariamente, y en un plazo máximo de treinta días, si el proyecto puede producir perjuicio sensible a la otra Parte. Si así se resolviere o no se llegare a una decisión al respecto, la Parte interesada deberá notificar el proyecto a la otra Parte a través de la misma Comisión. En la notificación deberán figurar los aspectos esenciales de la obra y, si fuere el caso, el modo de su operación y los demás datos técnicos que permitan a la Parte notificada hacer una evaluación del efecto probable que la obra ocasionará a la navegación, al régimen del río o a la calidad de sus aguas.”
Cuestiones Geopolíticas
En ese sentido, también se oculta que la traza de límites entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay no coincide con el canal por donde se navega. Es una cuestión fundamental al establecer la faja de navegación. Se puede dar el caso de que el canal de navegación se desarrolle en aguas jurisdiccionales argentinas.
Teniendo en cuenta el desplazamiento del canal de navegación, correspondería dar intervención a los organismos ambientales de la Nación Argentina ni de la provincia de Entre Ríos.
La Comisión Administradora del Río Uruguay estaría en falta con sus propios reglamentos, como en el caso del Digesto sobre el uso y aprovechamiento del Río Uruguay, en lo que concierne, por lo menos, al Tema E3: CONTAMINACIÓN.
Promoviendo la remoción de más de 28 millones de m³ solo para llegar a los 34 pies de dragado (10,3 metros) y sin especificar la cantidad de sedimentos (seguramente más de 28 millones de m³) solo para mantener la vía navegable, la actividad de dragado está generando en forma permanente “efectos nocivos” sobre el medio acuático y sus componentes. El Digesto antes mencionado define de esta forma: efecto nocivo es “toda alteración de la calidad de las aguas que impida o dificulte cualquier uso legítimo de las mismas, que produzca efectos deletéreos o daños a los recursos vivos, riesgo a la salud humana, amenaza a las actividades acuáticas incluyendo la pesca o reducción de las actividades recreativas.”
En el mismo Digesto, CAPÍTULO 2, PROPÓSITOS, en su artículo 1, se establece:
a. Proteger y preservar el medio acuático y su equilibrio ecológico.
b. Asegurar todo uso legítimo de las aguas teniendo en cuenta las necesidades de largo plazo y particularmente las referidas al con¬sumo humano.
La actividad de dragado y el uso de las aguas para navegación, estarían ocasionando un desequilibrio ecológico, así como dando prioridad a uno de los usos legítimos sobre los otros que también define la Comisión Administradora del Río Uruguay en su Digesto.
El reglamento internacional también establece en:
TEMA E3
TITULO 2
CAPITULO 4.
CLASIFICACION DE LAS AGUAS Y ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS.
SECCION 1. Usos legítimas y clasificación de las aguas.
Art. 1°) A los efectos del presente Tema, son considerados usos
legítimos de las aguas del Río, los siguientes:
a. Abastecimiento público para bebida y usos comunitarios.
b. Recreación.
c. Actividades agropecuarias.
d. Conservación y desarrollo de la vida acuática.
e. Pesca.
f. Abastecimiento industrial
g. Navegación.
h. Generación de energía.
Los usos legítimos si bien están orden alfabético, no implica que el primero o el segundo estén en prioridad sobre los demás.
Para que el río siga siendo río y no una canaleta, como se pretende con la profundización insustentable, se deben respetar los usos legítimos acordados por las Partes en la CARU.
Fundamentalmente adaptando la navegación al río y no el río a la navegación.
Prof. HORACIO MELO
DNI 14650378
EX DELEGADO ARGENTINO ANTE LA CARU 2006- 2015
Ing. José M. Zorrilla
Interesante nota, aunque le falta el estudio técnico que si se ha hecho de los estudios del fondo y de la hidrografía del Uruguay desde Itaqui a Nueva Palmira. Con una creciente mayor cada 11 años, ese es el período que no causalmente coincide con el período de las manchas solares, donde debe preverse un redragado de limpieza. Cuando con los mejores canadienses y americanos revisamos el tema hace 25 años, el Uruguay se comporta como un estuario, con mareas astronómicas, hasta Gualeguaychú y Fray Bentos, y dragar a 34 pies es razonable en función de la demanda prevista. Río arriba a 19 pies.
Como eso requiere un acuerdo, y los dragados en Argentina , como el Canal Mitre, son una fuente de recursos del justicialismo por muchisimos años, los dragados en Argentina no son confiables: estudiando eso en el caso de UPM se decidió bajar por barcazas a Nueva Palmira y no confiar en las promesas del dragado. Soy consultor internacional del BID en puertos, he realizado diez proyectos en el río Uruguay, y para habilitar la hidrovía del río Uruguay que mejorará la vida de la gente del litoral uruguayo argentino brasileño solamente hay que liberar trabas burocráticas. Desregular y dejar libertad a la navegación, como en Europa.
La navegación fluvial cuesta la mitad que el trasnporte carretero; los impuestos, tasas y trabas la hacen inviable. Aunque es ecológicamente sustentable, incluyendo el tratamiento de los dragados como estamos impulsando en el PIANC.
Y defenderse de las mafias de los camioneros y las de los puertos de Paraná, Montevideo y Rio Grande en Brasil.
La CARU debería haber estudiado y construido la represa reguladora aguas abajo de Salto Grande, para entre otras cosas acotar inundaciones, y hacer navegable el río hasta Salto y Concordia con 19 pies.
Ing. José M. Zorrilla
Montevideo
Mimbro del PIANC, Asociación Mundial de la Infraestructura del Transporte por Agua
Atilio Caiola
Veo al exdelegado de CARU, conocedor de las profundidad del río Uruguay,con lujos de detalles opina de los beneficios o los problemas que se pueden generar el dragado.Bueno es llamativo qué el puerto de Concepción del Uruguay,no está muy operativo.Hace más de un mes un buque cargo pocas toneladas de un producto de soja de una empresa de Concepción del Uruguay.Creo qué el dragado del Rió Uruguay es necesario,cómo él del río Paraná, dónde hoy hay poca agua.Más hay lugares que hay que dinamitar porque yá las dragas, sólo limpian piedras el el fondo del río Paraná.Tomen nota.!!
Jose
Clara descripción del origen al futuro caos ecológico. Que interesante sería una encuesta en el congreso, para estadificar quienes conocen sobre el tema.
ALFREDO
La CARU y sus super sueldos y negociados…..esté el gobierno que esté……..y nada va a cambiar.
Azaleia
SR.MELO, UD.COMO EX.DELEG.DE LA CARU, TENDRIA Q HACER ESTE RECLAMO EN UN ENTE INTERNACIONAL, EN LA ARGENTINA, NO EXISTE, LO MAS CONOCIDO, LOS URUGUAYOS SE CANSARON DE PEDIR INFORMES, Y EL PTE.DE LA CARU, HOY INTENDENTE DE C.DEL URUGUAY, NUNCA PRESENTO, X LO TANTO, UD TMB ES COMPLICE!!! POR CALLAR, POR TENER HERRAMIENTAS EN LA MANO!!!! Y NO HABLO!!!! EL URUGUAY ES MUY NAVEGABLE!!! NO OLVIDAR!!! PTE.MENEN VENDIO MARIMA MECANTE, AÑOS 90 Y TANTO!!!! HOY SALEN A GRITAR!!!! SON LAKRAS CON LOS BOLSILLOS LLENOS$$$$$$!!! CERRAR EL PICO, PORFI!!!
HUGO
Tengo entendido que en Europa los rios que se dragan no tienen inundaciones, lo mas importante, lo otro es que se roben plata con los contratos, camiones llenos.
horacio melo
Hugo , gracias por su interés en la nota. Hay algunas cuestiones que me gustaría precisar. El ejemplo de los camiones es para que se tenga real dimensión de los volúmenes de sedimentos que se deben remover para llegar a los 34p . Por otra parte las crecientes de los ríos y su impacto en las inundaciones . Es parte del ciclo del mismo río . El nivel de las aguas estimula, por ejemplo la reproducción de los peces . Purifica sus aguas en las lagunas y en los valles de inundación por ejemplo. Por el momento y por suerte, todavía nos diferenciamos de los río de Europa. A eso apunta mi escrito no debemos permitir que se transforme en canaleta. La mejor forma de prevenir la inundación, es justamente , no ocupar el valle de inundación del río. Por falta de planificación todas las ciudades que compartimos el río lo hicieron y lo siguen haciendo. Se sigue autorizando obras en zonas que se inundan. La diversidad bilógica que conserva un río está relacionada con la calidad de sus aguas.
HUGO
Horacio, lo de los camiones es metafórico, me refiero a la cantidad de plata que se roba en esta burocracia de por ejemplo la CARU, un ente que no se sabe para que está, si que cobran buenos sueldos, como Hernan Orduna por ejemplo. Que lo explique.
Lo que quise decir es que tiene que haber una forma de detener la inundaciones periódicas que altera todo el entorno, por ejemplo el rio Paraná tiene un movimiento insignificante, no altera nada de su entorno. No se si es dragado, pero el sentido común dice que si sacás sedimentos del medio del rio, éste no crece hacia las orillas.