Enrique Fabiani, oriundo de la localidad de Santa Clara de Buena Vista, Santa Fe, desapareció el 4 de junio de 2024, en circunstancias que aún no han sido esclarecidas. Fabiani fue visto por última vez en un campo entrerriano, límite entre los departamentos de Villaguay y la Paz, propiedad que ha sido foco de contradicciones y falta de información, tanto del propietario como de algunos funcionarios policiales de la Brigada de Abigeato de Bovril.
Los abogados han señalado «claroscuros» en la información proporcionada por estas fuentes, lo que ha dificultado la investigación. Pese a los esfuerzos de búsqueda, que han involucrado a distintas brigadas de bomberos, fuerzas especiales, drones, buzos tácticos, canes adiestrados y personal de criminalística, no se han encontrado pistas significativas sobre el paradero de Fabiani. La situación ha llevado a considerar la desaparición como un caso de «Desaparición Forzada de Personas», tipificado en el artículo 142 ter del código penal.
Los abogados destacan el trabajo del fiscal Quirolo, describiéndolo como «denodado, eficiente, transparente y humano». Aseguran que su profesionalismo y compromiso no están en duda, y que ha mostrado disposición para recibir sugerencias y escuchar a los familiares de Fabiani.
«SE RUEGA DAR ACUSE DE RECEPCIÓN DEL PRESENTE. Atte. Abogados Rubén Pagliotto y Eduardo Vugner.
Señor Procurador General,
Rubén A. PAGLIOTTO y Eduardo M. VUGNER, abogados de la matrícula, cumpliendo el rol procesal de representantes legales de la QUERELLA PARTICULAR debida y oportunamente constituida de acuerdo a los cánones rituales, al Sr. Procurador General, como en derecho mejor proceda, formal y puntualmente, SOLICITAMOS:
En atención a la desaparición, desde el día 4/06/2024 del ciudadano Enrique FABIANI, oriundo de la localidad de Santa Clara de Buena Vista (Santa Fe), en función de claroscuros que rodean el trágico y gravísimo caso, ora como inconsistencias, ora como contradicciones y retaceo de información, por un lado, de parte del propietario del campo en que fue visto por última vez el padre de los querellantes y, por otro, de algunos funcionarios policiales que prestan servicios en la Brigada de Abigeato de la localidad de Bovril, es que entendemos necesario, oportuno e imprescindible en aras de la eficiencia de la pesquisa, que se afecte al Fiscal Mauro Quirolo de la UFI de Villaguay, con exclusividad y a tiempo completo a la IPP de este complejo, escarpado y aleve caso, eximiéndolo del trámite de las demás causas que se ventilan bajo su jurisdicción y competencia.
Entendemos que dado el tiempo transcurrido desde su desaparición sin novedades al respecto, pese a la intensa búsqueda llevada adelante por personal policial, de distintas brigadas de Bomberos de esta y otras provincias, fuerzas especiales como la de la policía de Chaco a través de la manipulación de drones especiales, buzos tácticos, canes adiestrados y personal de criminalística y de la Dirección de Protección de Personas del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, estamos claramente y en base a tristísimas experiencias pretéritas, frente al tipo penal de DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, tipificado en el art. 142 ter del catálogo represivo.
Tal tipo penal, sin perjuicio de los deletéreos efectos que provoca en los círculos afectivos de la víctima y en el propio tejido social, implica la existencia de un contexto muy complejo, contradictorio y poco amigable con las buenas prácticas de rutina o habituales.
Es en esa inteligencia y por las razones brevemente apuntadas, cuya notoriedad nos releva de dar más detalles, que venimos a solicitar que se lo afecte al Fiscal aludido con exclusividad a la investigación de este excepcional y deleznable caso, donde parecería que alguien, por obra y magia de fuerzas sobrenaturales, desaparece de la faz de la tierra, sin dejar un mísero rastro siquiera.
El Dr. Mauro Quirolo, destacamos con expresa mención, ha desempeñado desde el inicio mismo de esta causa, una denodada, eficiente, transparente y humana labor investigativa, presto siempre a recibir sugerencias de los letrados y escuchar a los familiares del ciudadano desaparecido. Su profesionalismo, rectitud y compromiso, no están puestos en duda, sino todo lo contrario. Es por ello que para que pueda atender con la mayor eficacia y celeridad este derrotero investigativo asaz intrincado, se lo debe afectar tiempo completo a la IPP de esta causa, dispensándolo de las decenas llevadas en su jurisdicción y bajo su responsabilidad funcional.
Se pone también en conocimiento del Sr. Procurador, que el prestigioso y mundialmente reconocido Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) ha tomado activa participación en esta búsqueda, a partir de una acertada decisión del fiscal de causa al convocarlos, lo que revela ipso facto, el inusitado nivel de gravedad que reviste este abominable hecho, donde cada día que pasa, la verdad huye con más prisa, dejando una amarga sensación de execrable impunidad en propios y extraños.
Por los motivos brevemente expuestos, descontamos que tendrá favorable acogida nuestro pedido relativo a la dedicación del fiscal tiempo completo y exclusivo de esta causa.
Acceder. Es justo.»