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martes 3 de diciembre de 2024
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Director: Claudio Gastaldi
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Nota escrita por: Diana Slavkin
viernes 1 de marzo de 2024
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Azcué le rechazó a Kueider un pedido de pase al Senado de una empleada municipal

Mediante Decreto N° 289/2.024 publicado este Jueves 28 de febrero en el Boletín Oficial, el presidente municipal, Francisco Azcué, rechazó la solicitud de adscripción al senado de la Nación de la empleada municipal, María Andrea González, Legajo N° 5795, en respuesta a un pedido emitido por el legislador concordiense, Edgardo Kueider. Según pudo saber DIARIOJUNIO, el motivo de la negativa es que cuando se adscribe a un trabajador de un organismo a otro, el que cede tiene que seguir pagando el sueldo.

En los considerandos del DECRETO N° 289/2.024, firmado por el intendente Azcué y el Secretario de Desarrollo Productivo, Federico Schattenhofer, en relacion al Expediente 1339144 de solicitud de adscripción elevado por el Senado de la Nación, se establece que “no se hace lugar a la solicitud de adscripción de la Señora María Andrea González, DNI 23.932.890, Legajo N° 5795, Agente Municipal”

Allí mismo, agrega que “el Senador de la Nación, Edgardo Kueider eleva la presente solicitud, no siendo factible dar trámite favorable al pedido”, que “es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal, conforme a los lineamientos establecidos por el Señor Presidente Municipal, para esta Gestión de Gobierno, proceder a dictar la presente disposición”,

y “que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° incisos q) y u) de la Ley 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.”

Por ello, en su articulo 1, el presidente Municipal decreta: “Rechazar en todos sus términos la solicitud de adscripción de la Señora María Andrea González, Legajo N° 5795, Agente Municipal, de la Municipalidad de Concordia”

ARTICULO 2°: “Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación de lo dispuesto en el Artículo 1° al Agente Municipal, María Andrea González y resérvese en su legajo a los fines de tener como antecedente”, y

ARTICULO 3°: “comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese”

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