Director: Claudio Gastaldi
Concordia
lunes 16 de septiembre de 2024
martes 30 de julio de 2024
martes 30 de julio de 2024

AGMER ratificó el paro del 1 y 2 de agosto

A fin de abordar el tema salarial y a pedido del Consejo General de Educación (CGE), la Comisión Directiva Central de AGMER informó este lunes que recibió una cédula de notificación por parte de la Secretaría de Trabajo de la provincia, en la que convoca a audiencia de conciliación entre las partes. Según se adelantó en DIARIOJUNIO, la reunión será este martes 30 de julio, a las 17 hs, en la Secretaría de Trabajo de la provincia. No obstante, el gremio docente aclaró que seguirá vigente el paro y movilización del 1 y 2 de Agosto. 

La Comisión Directiva Central de AGMER informa que este lunes 29 de julio recibió una cédula de notificación en la que la Secretaría de Trabajo de la provincia convoca a audiencia de conciliación entre las partes, a solicitud del Consejo General de Educación.

La audiencia se fija para el martes 30 de julio, a las 17 hs, en la Secretaría de Trabajo de la provincia, a fin de abordar el tema salarial.

En ese contexto, y ante la convocatoria a audiencia de Conciliación Administrativa, Agmer recuerda el contenido del artículo 16 de la Ley de Paritarias 9624:

«Establece que en el caso que se suscitare un conflicto colectivo ocasionado por cuestiones que se encuentren en debate de la Comisión Paritaria, antes de la iniciación de medidas de acción directa la/s Asociaciones Gremiales que representen la parte trabajadora deberán comunicar la situación de conflicto a la Dirección Provincial de Trabajo para que se convoque a una Audiencia de Conciliación que se hará dentro de los cinco (5) días hábiles a contar desde la presentación»

«Para el caso de no arribarse a un entendimiento en dicho término, las Asociaciones Sindicales quedarán en libertad de ejercer los derechos que les competen…».De allí que el plan de acción establecido por el Congreso de AGMER para la primera semana fueron los días 1 y 2 de Agosto», que es posterior a este plazo estipulado por dicha Ley», remarcan.

Y convluyen: «Por lo antes explicado REAFIRMAMOS LA MOVILIZACIÓN Y EL PARO DE LOS DÍAS 1 y 2 de AGOSTO..

  • La conciliación obligatoria sólo puede ser dictada por el poder judicial. El gobierno convocó a una conciliación administrativa, tal como lo dispone la ley y está informado en el cuerpo de la noticia. El título es engañoso

  • Para información de quienes no sepan y hablen por hablar, aclaro que si el Gobierno convoca a conciliación obligatoria, la misma no es intimar coercitivamente a levantar el paro, sino mejorar sustancialmente la oferta. O sea, no se puede llamar a conciliación sin ofrecer mejoras. Y el paro de jueves y viernes no se puede levantar porque no hay tiempo de bajar a las bases la oferta y que el conjunto de los docentes decida.