En una resolución de la semana pasada, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) ha generado controversia al variar el criterio de actualización de los créditos laborales, lo que ha generado preocupación en el sector empresarial.
La medida, que implica la capitalización anual sobre las tasas de interés establecidas en actas anteriores, ha sido duramente cuestionada por su impacto negativo en los empleadores, especialmente en las pequeñas y medianas empresas.
Según argumentan las organizaciones, la aplicación de esta acta no solo resulta injusta e inequitativa, sino que también tiene consecuencias graves, entre ellas un posible aumento del desempleo. Los empleadores, especialmente aquellos pertenecientes a las pymes, se ven desalentados a contratar nuevos empleados ante la posibilidad de que cualquier eventualidad laboral tenga un costo excesivamente elevado, superando incluso los ingresos generados por el propio negocio. Esta situación ha generado una afectación significativa y desproporcionada a las empresas involucradas.
Además, sostienen que la aplicación del Acta 2764/22 implica una alteración en la legislación laboral al generar liquidaciones que reflejan aumentos desmesurados en los montos a pagar, lo cual choca directamente con los parámetros indemnizatorios establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La tasa establecida por esta acta, según se sostiene, modifica indirectamente la LCT, otorgando indemnizaciones que exceden el criterio establecido en la legislación vigente.
Los críticos señalan que este accionar judicial supone una violación al principio de supremacía de la ley, ya que solo las leyes y la Constitución Nacional tienen el poder de regir la vida de los habitantes. Además, se argumenta que la modificación indirecta de la ley de fondo por parte del Poder Judicial viola atribuciones exclusivas del Congreso de la Nación, como la de dictar el Código del Trabajo. En este sentido, también se considera que se vulnera el principio de separación de poderes.
Desde la Sociedad Rural Argentina (SRA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) se ha expresado su rechazo a esta medida y se ha presentado un informe económico que respalda su posición. Según el informe, la tasa de interés más elevada del sistema financiero, sin capitalización, debería ser el máximo aplicable, en concordancia con la legalidad vigente.