La Justicia de La Pampa condenó a diez marcas de autos que comercializan planes de ahorro y las intimó a reducir el valor de las cuotas, para adecuarlas a la inflación, después de que se comprobara que habían aumentado los montos hasta 400% por encima del índice de inflación.
El fallo favorece a unos 1.200 ahorristas que presentaron una demanda colectiva ante el juzgado Civil de Adriana Pascual,y las marcas de autos afectadas son las siguientes: Chevrolet (Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Volkswagen (Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Fiat (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Jeep (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Ford (Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Renault (Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Peugeot (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Citroën (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Chery (Interplan S.A. de Ahorro para Fines Determinados) y Toyota (Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados).
La jueza Pascual condenó a las automotrices por los “aumentos excesivos de las cuotas”, que estuvieron “por encima del índice de inflación, del coeficiente de variación salarial y del valor del dólar oficial”.
Allí mismo, agregó que las empresas no brindaron «ninguna explicación acerca del motivo de las subas y tampoco pudo determinarse cómo se arribó al cálculo de las cuotas, ya que los aumentos fueron decididos unilateralmente por los fabricantes y comunicados a los suscriptores en sus cupones de pago”.
¿Cómo se aplicará el fallo?
La jueza Pascual estableció que, al actualizarse el monto de las cuotas por la inflación, en el caso de que surja una deuda de los ahorristas, “tendrán la opción de cancelarla en un solo pago o en cuotas mensuales, sin un límite máximo de cuotas y sin que se afecte más del 25 por ciento de sus ingresos mensuales». En cambio, si hubiera una diferencia a favor de los ahorristas, ese monto «será imputado a cuenta de futuras cuotas pendientes de pago».
En los casos en que no se registren deudas, «las empresas deberán restituir el dinero cobrado en exceso en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la reliquidación”.
Este fallo es muy similar al que se conoció en febrero pasado en Mendoza, que puso en alerta a todas las automotrices que comercializan planes de ahorro en la Argentina (ver nota). Las empresas comercializadoras ya se preparan para recibir sentencias del mismo tipo en varios juzgados más donde se radicaron demandas similares.