Director: Claudio Gastaldi
Concordia
lunes 16 de septiembre de 2024
Nota escrita por: Diana Slavkin
jueves 15 de agosto de 2024
jueves 15 de agosto de 2024

¿Qué pretende el Ejecutivo al modificar la Ley de Juicio por Jurados?

Comenzó este miércoles en el ámbito de la comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, el tratamiento al proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo que propone modificaciones a la Ley 10.746 de Juicio por Jurados, sancionada en Argentina en el 2019. El debate se centra puntualmente en el articulo 2 de esa ley y pretende agilizar los procesos judiciales. Para ello, se prevé que sean juzgados por jurados populares solamente aquellos delitos por los cuales la pena eventual sea superior a los 20 años de prisión - y no de 8 a 20 como es actualmente - con lo cual, quedarían fuera de debate y exposición los delitos de violencia sexual o contra la integridad, el otro punto que se pretende modificar. Al respecto, el Jefe de Fiscales de Concordia, José Costa, explicó en DIARIOJUNIO los detalles del proyecto y manifestó: "En mi opinión no pueden ser juzgados por jurados las causa de violencia sexual"

«Mas allá de la demora burocrática y el dinero que implica la ejecución de un juicio por jurados, creo básicamente que la cuestión se planteó mal», consideró Costa. «Hoy la ley de juicio por jurados dice que se juzgarán todos los delitos con pena de hasta 20 años de prisión – homicidios, femicidios, abusos sexuales agravados y algunos robos calificados, y sus tentativas-. Pero el problema acá, y que a mí me parece una barbaridad, es que un jurado debata casos de delitos sexuales», afirmó.

“La víctima de abuso sexual debe declarar ante 16 desconocidos”

Los abusos sexuales o violaciones en su modalidad agravada, es decir, cuando se dan en el ámbito familiar, que son la mayoría, prevén una pena de hasta 20 años de prisión. “Por eso, que las víctimas vayan a juicio por jurados como ocurre actualmente constituye para mi un re victimización absoluta de la persona”, cuestionó Costa.

 José Costa, Jefe de Fiscales Concordia

«A su vez, se exige a todos los operadores que estén capacitados por la ley Micaela y en violencia de género, pero después vienen 16 personas, a quienes no se les brinda más que una breve charla y tal vez nunca hicieron un curso de violencia, a juzgar un abuso sexual o un femicidio. Incluso, hay casos en los que las victimas son menores y las hacemos declarar en Cámaras Gesell, pero cuando finalmente la causa se eleva a juicio la chica ya tiene 18 años y debe declarar ante un jurado popular»

En ese contexto, el Jefe de Fiscales citó la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos qué en su apartado “Angulo Losada vs Bolivia”, valora positivamente la modificación del Código de Procedimiento Penal de ese país que excluye del sistema de juzgamiento a los delitos sexuales”

Por otra parte, el Funcionario recordó otro punto de análisis en esta modalidad y es la imposibilidad de la Fiscalía de recurrir un veredicto de no culpabilidad, «lo que también violenta derechos de las víctimas de abuso y de violencia de género, reconocidos convencionalmente”. O sea, “La ley de juicio por jurado dice que el fiscal, ante una resolución de no culpabilidad, no puede recurrir la sentencia. Y eso, en casos de abusos es todo un tema», reparó. Entonces, «la solución más rápida para evitar este tipo de situaciones de re victimización, es cambiar la ley. Se podría dejar fuera los casos de abusos sexuales o modificar el artículo 2 y que sólo vayan a jurados los delitos de más de 20 años y así quedan afuera todos los delitos sexuales»

Demoras en las procesos

Sumado a todo lo anterior, otro punto en cuestión por el que se pretende modificar la Ley, tiene que ver con las trabas en ejecutar los Juicios por jurados. «En su momento, cuando se estaba discutiendo la ley, se planteó que la amplitud de casos que iban a ir a juicio por Jurado iban a generar una situación de gran demora y hacer un cuello de botella en el que se acumulan las causas, que fue lo que en realidad sucedió», recordó Costa.

Y fundamentó: «Imagínate que solo en Concordia se realizaron en todos estos años 20 juicios por Jurado y según las estadísticas, están pendientes la realización de 36. Entonces, si en los cuatro años que lleva la implementación de la Ley se hicieron esos juicios por jurado, tenemos ocho años más por delante. O sea, ese otro tema importante y por eso es que también se busca reducir la cantidad», explicó.

Según la estadística de los juicios por jurados en Entre Ríos, publicada por el Superior Tribunal de Justicia

En Concordia hay:

– cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 36;

– cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 10;

– cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 26;

-de los 36 de legajos, hay 6 con personas privadas de la libertad.

Por ultimo, el Jefe de fiscales insistió en que si bien se debe resolver el tema de la demora en las causas que se juzgan bajo esta modalidad, lo mas importante para él es la cuestión de los abusos sexuales. «Sostengo que no pueden ir a juicio por jurados y creo que es una cuestión constitucional. O sea, todos los tratados internacionales están cuidando y priorizando la intimidad de la víctima y nosotros la vamos a exponer ante 16 desconocidos, mas todos los que están dentro del equipo judicial. Esa es mi principal objeción», concluyó.